Publicado el martes 16 de septiembre del 2025

En esta segunda mirada, exploramos la manera en la que entendemos las obligaciones climáticas y las repercusiones legales, políticas y económicas de esta decisión. 

La Opinión Consultiva emitida por la Corte Internacional de Justicia el 23 de julio de 2025 marca un punto de inflexión en la relación entre el derecho internacional y la acción climática. Aunque no tiene carácter jurídicamente vinculante, su peso político y legal es innegable: fue adoptada por unanimidad de los quince jueces, está sólidamente fundamentada en el consenso científico del IPCC y responde a una demanda que nació desde la sociedad civil en los Estados insulares del Pacífico. El mensaje es contundente: las obligaciones climáticas de los Estados no son meras declaraciones políticas, sino deberes jurídicos exigibles.

Hasta ahora, los debates internacionales sobre clima se movían en un terreno híbrido, donde los tratados y acuerdos eran importantes pero dependían en gran medida de la voluntad política de los Estados. Con este dictamen, la CIJ da un paso más allá: afirma que los Estados están legalmente obligados a reducir emisiones, a cooperar internacionalmente y a adaptar sus políticas internas para proteger el sistema climático. Esto posiciona a la acción climática en un terreno jurídico, no solo diplomático o voluntario.

Interpretación de esta decisión para los Estados 

El primer gran impacto se da en el ámbito estatal. La Corte establece que los gobiernos tienen una obligación de debida diligencia estricta: deben usar todos los medios disponibles para prevenir daños climáticos y actuar con la mayor rapidez y esfuerzo posible. Esto implica que medidas como mantener subsidios a combustibles fósiles, autorizar nuevas explotaciones de petróleo o gas, o suavizar normativas ambientales pueden considerarse actos internacionalmente ilícitos.

Además, la CIJ confirma que el límite de 1,5 °C no es una meta política flexible, sino un estándar legal. Si un Estado diseña planes climáticos claramente incompatibles con ese límite, se expone a responsabilidad legal. Este punto es crucial, porque obliga a los países a revisar sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDCs) bajo el Acuerdo de París con un nuevo criterio: no solo deben mostrar ambición política, sino cumplir un deber legal de progresividad.

Las consecuencias de un eventual incumplimiento son igualmente significativas. La Corte sostiene que el fracaso de un Estado en prevenir daños climáticos constituye un acto ilícito internacional que genera responsabilidad. Esto abre la puerta a la exigencia de cesar conductas nocivas, a ofrecer garantías de no repetición y, en los casos en que pueda demostrarse un vínculo causal suficientemente claro, a reparar íntegramente los daños ocasionados. La reparación puede adoptar múltiples formas: desde la restauración de ecosistemas hasta la compensación económica, pasando por la reestructuración de deudas o la financiación de medidas de adaptación. Además, la responsabilidad no se limita a relaciones bilaterales. Al tratarse de obligaciones erga omnes, cualquier Estado puede exigir responsabilidades a otro por su inacción climática.

La Opinión de la CIJ no llega aislada. Se suma a otros pronunciamientos recientes, como los del Tribunal Internacional del Derecho del Mar (2024) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2025), que también han vinculado las obligaciones ambientales con el derecho internacional. Con ello, se consolida un nuevo bloque normativo que hace cada vez más difícil justificar la inacción climática.

Esto tendrá repercusiones inmediatas en las negociaciones de la ONU. La Asamblea General podrá invocar la Opinión para presionar a los países más reticentes. Y en la COP30, que se celebrará en Brasil, los debates sobre fósiles y transición energética tendrán que reconocer que, desde el punto de vista legal, la expansión de las infraestructuras fósiles carece de legitimidad.

Al mismo tiempo, la Opinión refuerza iniciativas emergentes, como la propuesta de un Tratado de No Proliferación de Combustibles Fósiles, que ya cuenta con el apoyo de varios Estados insulares. Al declarar que la producción y subsidio de fósiles puede constituir un acto ilícito, la Corte otorga respaldo jurídico a quienes defienden un acuerdo internacional vinculante sobre la eliminación progresiva del carbón, el petróleo y el gas. 

 Interpretación de esta decisión para el sector privado

Aunque la Opinión se dirige a los Estados, su impacto se traslada directamente a las empresas. La Corte señala que los gobiernos deben regular y controlar a los actores privados bajo su jurisdicción, asegurando que no contribuyan a daños climáticos significativos. En la práctica, esto significa que se abre la puerta a un aumento de la litigación climática contra corporaciones. Empresas energéticas, financieras, aseguradoras o de transporte se verán expuestas a demandas basadas en el incumplimiento de deberes de diligencia, fraude en la comunicación de riesgos o incluso responsabilidad por daños derivados de fenómenos extremos. Además, los Estados, obligados a actuar, tendrán que endurecer la normativa: prohibir nuevas licencias fósiles, restringir subsidios y exigir planes de transición creíbles.

Esto cambia el cálculo de riesgos. La “inacción climática” deja de ser un problema reputacional para convertirse en un riesgo jurídico y financiero tangible. A la vez, abre oportunidades para las empresas que lideren la transición: quienes inviertan en energías renovables, eficiencia y resiliencia estarán mejor posicionados en un contexto de creciente escrutinio legal.

Interpretación de esta decisión para la justicia climática 

La CIJ refuerza también el vínculo entre cambio climático y derechos humanos. Reconoce que el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible es esencial para el disfrute de otros derechos básicos como la vida, la salud o la vivienda. Esta afirmación tiene consecuencias inmediatas: cualquier vulneración de derechos ligada al clima puede ser denunciada como violación de obligaciones estatales.

El pronunciamiento también se alinea con la noción de equidad intergeneracional: las generaciones actuales son depositarias de un deber fiduciario hacia las futuras. Esto convierte la acción climática en un imperativo no solo ambiental, sino ético y civilizador.

Para comunidades vulnerables, especialmente en islas del Pacífico como Tuvalu, este fallo es una victoria largamente esperada. Como señaló su ministro de clima, “la justicia climática ya no es solo un deber moral, sino una cuestión de derecho internacional”. Por primera vez, los reclamos de quienes sufren los impactos más severos encuentran eco en el tribunal más alto del sistema multilateral.

Un cambio de paradigma

La Opinión de la CIJ no resuelve la crisis climática, pero cambia radicalmente las reglas del juego. A partir de ahora, los Estados y las empresas ya no pueden escudarse en la falta de consenso político o en la lentitud de las negociaciones. Existe una base legal clara que exige actuar con urgencia y coherencia.

La Opinión se inserta en una tendencia más amplia. En los últimos años, tribunales internacionales y nacionales han ido consolidando un cuerpo jurisprudencial que convierte la inacción climática en un incumplimiento jurídico. Casos como Urgenda en los Países Bajos, Milieudefensie contra Shell o Klimaseniorinnen en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos apuntaban en esta dirección. La CIJ, como máximo tribunal internacional, no hace sino consolidar este cambio de paradigma.

A la vez, plantea un desafío geopolítico: si bien mantiene el principio de “responsabilidades comunes pero diferenciadas”, deja claro que la categoría de “país en desarrollo” no es estática, reabriendo debates en torno a grandes economías emergentes como China o India y a Estados productores de petróleo.

El verdadero desafío empieza ahora: traducir este mandato legal en políticas concretas, en reformas regulatorias, en inversiones coherentes y en justicia para quienes más sufren los impactos. La Corte ha trazado el marco jurídico. Lo que está en juego es si la comunidad internacional será capaz de transformar esa brújula en acción real.